SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2003-R
Fecha: 16-Abr-2003
IMPROCEDENTE
La Sentencia 08/03 cursante a fs. 146 y 147, pronunciada el 5 de febrero de 2003 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara IMPROCEDENTE el recurso, sin costas, con estos fundamentos: 1) los recurrentes, de conformidad con el art. 5 del Estatuto del Funcionario Público (EFP), “a tiempo de ingresar al Servicio de Administración Pública, no lo hicieron como funcionarios de carrera”; 2) la Unidad Técnica del PRI, por oficio de 4 de febrero de 2002, indica que dicha entidad y el SNAP no suscribieron ningún acuerdo de institucionalización; 3) los recurrentes no figuran en ninguna de las entidades adheridas al Programa del Servicio Civil; 4) los actores no tienen la condición de funcionarios de carrera administrativa y no cumplen los requisitos del art. 70 EFP para pretender todos los derechos que reclaman; 5) no existe acto ilegal ni omisión indebida atribuible a los recurridos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- IMPROCEDENTE
- d)
- e)
- f)
- c)
- SC 347/2003-R
- Resolver las causas contenciosas que resulten de los contratos, negociaciones y concesiones del Poder ejecutivo y las demandas contencioso-administrativas a las que dieren lugar las resoluciones del mismo