SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2003-R

Fecha: 22-Abr-2003

III.1

III.1          El presente recurso es emergente de la convocatoria realizada por los concejales recurridos para la sesión extraordinaria realizada el 7 de febrero de 2003, en la que se consideró la supuesta renuncia del Alcalde Municipal de Presto, ahora recurrente y la designación de su reemplazante.  En este sentido el art. 16.I) LM concordante con el art. 88 del Reglamento  Interno,  establece: “Las sesiones del Concejo son ordinarias y extraordinarias. Las sesiones se realizarán en plenario o en comisiones y deberán convocarse obligatoriamente de manera pública y por escrito”.