Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2003-R
Fecha: 24-Abr-2003
improcedente
Concluida la audiencia la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en ausencia del representante del Ministerio Público, pronunció la Resolución de 14 de febrero de 2003, que corre a fojas 137 vta.-139, que declara improcedente el recurso, con costas y multa, con estos fundamentos: a) el recurrente no ha interpuesto cuestión prejudicial, en cuanto a la falta de personería invocada, habiendo precluído su derecho, no pudiendo el amparo subsanar dicha omisión y b) la nulidades acusadas no se encuentran contempladas en el art. 297 CPP abrogado, vigente para el presente caso, y tampoco se encuentran las causales de nulidad previstas en el art. 247 LOJ.