Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0556/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
II.2.
II.2. La Corte Suprema mediante Circular No. 37/01 de 12 de noviembre de 2001, instruyó que todas las denuncias y querellas en trámite en la PTJ o fiscalía, anteriores a la vigencia plena del nuevo Código de procedimiento penal y que ingresen a los despachos judiciales después del 31 de mayo de 2001, serán tramitadas y concluidas de acuerdo al nuevo sistema procesal penal, Ley 1970 ( fs.10). El 19 de diciembre de 2002, la Corte Superior de La Paz, mediante Circular No. 041/02, instruyó a los Jueces dar estricto cumplimiento a la Circular No. 37/01(fs. 9).