Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0561/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
a)
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a) de conformidad al art. 17 CPE, la pérdida del derecho al indulto sólo se halla contemplada para los delitos contenidos en los arts. 109, 252 y 253 CP, no estando prevista para los demás delitos; b) el Juez recurrido al disponer en la sentencia condenatoria “sin derecho a indulto” ha vulnerado el derecho al mismo que todo condenado tiene.