SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2003-R

Fecha: 08-May-2003

a)

Tanto en el informe escrito que corre de fs. 32, como en audiencia, las autoridades municipales recurridas sostuvieron lo siguiente: a) en 5 de febrero de 2003 Roberto Araúz Rea presentó renuncia al cargo de Alcalde Municipal de San Borja, motivo por el que se convocó a la sesión extraordinaria para el 7 de febrero; b) en dicha sesión se designó como nueva Ejecutiva a la Concejala Hilda Rea Galloso, según se demuestra por la Resolución municipal 05/03  de 7 de febrero; c) Roberto Araúz Rea no fue convocado a sesionar como Concejal Titular para la reunión del 7 de febrero porque todavía continuaba ostentando el cargo de Alcalde en ejercicio pues su renuncia tenía que ser considerada en esa sesión, pudiendo la misma ser aceptada o rechazada; d) en 10 de febrero de 2003 Roberto Araúz Rea solicitó licencia indefinida al cargo de Concejal Municipal, que fue aceptada; e) la demanda de amparo  no especifica los derechos que se consideran violados, incumpliendo el art. 97-4) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC). Pidieron se declare improcedente el recurso.