SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0626/2003-R
Fecha: 08-May-2003
I.1.1. hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 26 de febrero de 2003 (fs. 39 y 40), la recurrente afirma que dentro de la denuncia y querella planteadas por José Celier Orellana Aranibar en contra suya y de otras personas por el supuesto delito de falsedad material y otros, el Fiscal de la investigación, por Resolución de 8 de agosto de 2002, en forma arbitraria, ilegal y en usurpación de funciones que no le competen, dispuso el desapoderamiento de su inmueble registrado bajo la matrícula 7012010007512, acto que se ejecutó entregando el predio al querellante, “dejándole prácticamente en la calle” y sin considerar que lo que se está dilucidando es el derecho propietario, pues los documentos de José Celier Orellana sobre el inmueble, son falsos.