Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0641/2003-R
Fecha: 08-May-2003
III.2
III.2 Por otra parte, el recurrente pretende a través del hábeas corpus el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por la detención de que fue objeto, desvirtuando su finalidad esencial, pues el recurrente tiene otras vías legales para la protección de sus derechos que los considera lesionados, más aún si él mismo les atribuye a los recurridos la comisión del delito de allanamiento de domicilio, que por lo mismo, corresponde su tratamiento a la vía ordinaria penal, no así al recurso de hábeas corpus.