SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2003-R

Fecha: 19-May-2003

II.5.

II.5.   No obstante lo señalado precedentemente, es posible que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad pueda ser promovido dentro del recurso de amparo constitucional cuando éste ha sido interpuesto previamente y es admitido, debiendo ser deducido el recurso incidental en forma posterior y por separado, no como en el caso de autos que fue presentado -como se dijo- simultáneamente.