Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0671/2003-R
Fecha: 21-May-2003
II.4.
II.4. De acuerdo al Acta 47/2003 de 7 de febrero de 2003 (fs. 23 a 25), en dicha sesión del Concejo Municipal de Santiago de Callapa, ante el pedido de la recurrente contenido en el escrito de 6 de enero de este año, se dispuso su reincorporación al seno de dicho ente deliberante con todos los derechos de Concejala. Se observa la firma de Julia Gutiérrez Paco en la merituada acta.