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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2003-R

    Fecha: 20-May-2003

    conforme lo determinan los arts. 91-5 y 317 CPP.1972

              En ese sentido, conforme lo determinan los arts. 91-5 y 317 CPP.1972, aplicable al presente caso, la ejecución de penas y medidas de seguridad corresponderá al Juez que pronunció sentencia, el mismo que podrá al efecto expedir mandamiento de condena para que el condenado cumpla la sanción que se le hubiere impuesto (SC 1306/2002-R).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.   FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • conforme lo determinan los arts. 91-5 y 317 CPP.1972
    • si hubiere estado sometido a detención preventiva o formal.
    • III.2.

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