SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0689/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0689/2003-R

Fecha: 21-May-2003

III.3.

III.3.  En lo  concerniente  al remate  realizado, se  constata que éste se  efectuó el  26 de julio de 2002, habiendo dejado transcurrir  casi  ocho meses  desde entonces hasta  la presentación de su demanda de amparo, aspecto que corrobora la improcedencia del recurso, por desconocer el carácter de inmediatez  que reviste el amparo constitucional, lo que determina también, su improcedencia.