Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0690/2003-R
Fecha: 21-May-2003
II.1.
II.1. Carmen Jacqueline Prado Galleguillos prestaba servicios como Bioquímica Farmacéutica en el Hospital Materno Infantil “Germán Urquidi” de Cochabamba, y en esa condición recibió el memorando 108/2002 de 17 de julio de 2002 (fs. 2), por el que el Responsable de Recursos Humanos del Complejo Hospitalario “Viedma”, el Asesor Legal del mismo, y el Alcalde Municipal de Cochabamba, le comunicaron que estaba “institucionalizada” en el cargo de base que ocupaba, debiendo “regularizar este cargo y hacerse acreedor al Escalafón Médico, a través de un concurso de méritos y examen de competencia, basándose en convocatoria de carácter interno”.