Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0724/2003-R
Fecha: 28-May-2003
II.8
II.8 Por decreto de 16 de septiembre de 2002 (fs. 73), el Tribunal Cuarto de Sentencia señaló que la corrección de procedimiento no se encontraba contemplada dentro de nuestra economía procesal, por lo que rechazó la solicitud disponiendo la prosecución de los actos preparativos para la celebración del juicio. Con esa determinación se notificó al recurrente el 27 de septiembre de 2002 mediante cédula fijada en el tablero judicial (fs. 77).