AUTO CONSTITUCIONAL 285/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 285/2003-CA

Fecha: 23-Jun-2003

rechaza el incidente

Carlos López Videla, Juez Décimo Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, por Resolución 92/2003 de 11 de junio de 2003, rechaza el incidente  en consideración a que la solicitud impetrada por Juan Luis Vera Campos y Nora Sánchez de Vera de declaratoria de inconstitucionalidad del Auto Supremo 110 de 3 de julio de 2001  pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia, no se encuentra contemplada dentro de las atribuciones que otorga la ley 1836 al Tribunal Constitucional, así lo determina el art. 66 de la ley 1836.