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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0054/2003

    Fecha: 11-Jun-2003

    III.2

    III.2   El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, conforme al art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), procede en los procesos judiciales o administrativos, cuya decisión dependa de la constitucionalidad o  inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.

    • a instancia de María Argentina Peña y Kitty Beischer Peña,
    • I.1.1. Relación Sintética del recurso
    • I.1.2.   Trámite procesal del incidente y resolución del Tribunal
    • II.3.
    • II.5.
    • III.1.
    • "
    • III.2
    • Fragmento 9
    • la misma que, aceptada, ha sido calificada como de carácter personal según lo dispuesto por el art. 2 del DS 21858,
    • DECLARA INFUNDADO por improcedente

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