SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0742/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0742/2003-R

Fecha: 03-Jun-2003

procedente

Concluida la audiencia el Juez  de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) la Concejal Jacinta María Alvarez, al votar por la suspensión del recurrente, emitió un voto viciado por ser nulos sus actos a partir del 31 de diciembre de 2002, por determinación de un fallo constitucional; 2) al haber suspendido por 30 días al recurrente con una norma legal como es la Ley de Administración y Control Gubernamental, que no corresponde y aplicando la Ley de Municipalidades en la tramitación del proceso administrativo, se ha restringido el derecho al ejercicio del cargo de Alcalde Municipal que le asiste al recurrente.

      Corresponde, en consecuencia, otorgar la tutela solicitada por encontrarse los hechos dentro de las previsiones del art. 19 CPE, instituido para precautelar los derechos y garantías fundamentales de las personas ante actos ilegales de particulares o funcionarios que los supriman o restrinjan, o amenacen restringirlos o suprimirlos en su ejercicio. En tal virtud, el Juez de amparo constitucional al haberlo declarado procedente  ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.