SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0750/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
improcedente
Concluida la audiencia la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 26 de marzo de 2003, que corre a fojas 54, por la que se declara improcedente el recurso con costas y multa de Bs100.-, con estos fundamentos: a) sin entrar al fondo respecto de la legalidad o ilegalidad del acto denunciado, con el auto que se dispuso la exclusión se notificó a la recurrente el 8 de febrero de 2002, pudo ser apelado y al no hacerlo convalidó el acto ilegal, b) la finalidad del recurso es restaurar en forma inmediata el derecho o garantía vulnerado y por el carácter extraordinario debe ser interpuesto en un plazo prudencial a partir del acto u omisión impugnado y no después de un año y c) el recurso no tiene por finalidad dirimir derechos entre particulares, finalidad que está reservada a la jurisdicción ordinaria.