SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2003- R

Fecha: 17-Jun-2003

III.1

III.1 Que, el amparo constitucional instituido como garantía para otorgar tutela contra actos ilegales u omisiones indebidas, que amenacen, restrinjan o supriman derechos y garantías constitucionales, está regido por el principio de subsidiariedad, el mismo que implica que el agraviado no podrá presentar el recurso directamente ante el conocimiento de la lesión a su derecho, salvo el caso de que no exista otro medio o recurso inmediato para la protección del mismo, pues en los demás casos deberá utilizar los recursos idóneos para hacer cesar los efectos del acto reclamado hasta extenuarlos, dado que la única excepción a la regla que conlleva el citado principio, es que los efectos del acto ilegal u omisión indebida pueda tener consecuencias irremediables mientras se tramitan los recursos o medios ordinarios.