SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que el Alcalde y el Presidente del Concejo Municipal de Villamontes han vulnerado los derechos de su representada a formular peticiones, a la propiedad y a su obligación al pago de impuestos previstos por los arts. 7.h), i) 22) y 8.d) CPE, pues se niegan a recibir el pago de impuestos de sus terrenos cuyo derecho propietario se encuentra acreditado por los últimos cinco años, no obstante de que reiteradamente ha solicitado efectuar el mencionado pago de impuestos, además de que ilegalmente la Alcaldía está disponiendo de los terrenos que son de su propiedad. Por consiguiente, corresponde determinar si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 CPE.