SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
1)
El recurrido Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial en el informe de fs. 366 a 367 señala: 1) en el Juzgado a su cargo se tramita un proceso ordinario sobre cumplimiento de obligación y restitución de vehículos seguido por Julio Carlos Pueyrredon, en estado de trabarse la relación procesal, juicio en el que las partes no sólo están sometidas a un proceso justo sino en el que se les garantiza su amplia e irrestricta defensa; 2) los recurrentes no son partes en el proceso en el que ordenó el secuestro de dos vehículos cuyas transferencias fueron adjuntadas por el demandante y de los que indican ser sus propietarios, solicitando por ello su entrega que fue rechazada y confirmada en apelación; 3) los recurrentes mediante este amparo constitucional arguyen una serie de cuestionamientos sin razón ni causal justificada pretendiendo retrotraer todo un proceso que se desarrolla sin vicios de nulidad; 4) sobre los vehículos secuestrados el demandante ha demostrado su derecho propietario por el carnet de propiedad como lo determina el art. 121 del Código de Tránsito (CT) y el hecho de que los recurrentes supuestos propietarios hayan adjuntado minutas de transferencias de los vehículos, conforme con la disposición legal citada no acreditan su derecho propietario; 5) lo actuado en el procesado no constituye acto ilegal ni omisión indebida que restrinja, suprima o amenace restringir o suprimir los derechos y garantías de persona alguna.