Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0825/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
II.3.
II.3. En el informe presentado al Comandante del Primer Distrito Naval “Beni”, en 4 de abril de 2003 (fs. 21 y 22), el recurrido expresa que las denuncias hechas por los indígenas araonas y concretamente por Carlos Ramírez, constituyen “una vil y horrenda calumnia”, pues se destacó al lugar denominado “Buen Futuro”, en el que presenció el acuerdo entre los indígenas y Miguel Vásquez sobre un problema relativo a la madera; además, evidenció que los indígenas cometen una serie de abusos como portar armas automáticas y amedrentar a sus propios vecinos.