SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0834/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0834/2003-R

Fecha: 17-Jun-2003

1)

Afirma que el procedimiento al que se ha sometido a su representada es ilegal puesto que: 1) la jueza recurrida no analizó la validez de los documentos previos a la iniciación del proceso porque de haberlo hecho habría determinado que la escritura pública base del crédito carecía de fuerza coactiva al no haberse insertado el poder otorgado por los representantes del Banco que dió el préstamo, y peor aún, el mismo no se encontraba registrado en el SENAREC; 2)  el aviso escrito practicado por el oficial de diligencias es teórico, porque no cursa en el expediente, menos existe constancia de a qué persona se dejó; 4) en ejecución de sentencia se observó un procedimiento irregular, ya que si bien DD.RR certificó que el inmueble se encuentra registrado a su nombre y de otros, la Alcaldía señaló lo contrario, lo que revela que no se halla en ejercicio de su propiedad horizontal y 5) la jueza recurrida, con un criterio de liberalidad, determinó el remate de los bienes en el monto adeudado, sin tomar en cuenta que sobre el mismo corrieron y siguen corriendo intereses y honorarios de abogado, con lo que adjudicados que fueren los inmuebles sobre dicho precio, seguirá siendo deudora de saldos insolutos, lo que demuestra una total falta de equidad en el criterio de la juzgadora.