SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0857/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0857/2003-R

Fecha: 24-Jun-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el  8 de abril de 2003,  corriente de fs.  10 a 12,  el  recurrente manifiesta que el 4 de diciembre de 2002, el Claustro Estudiantil de la Universidad Técnica del Beni lo eligió Presidente del Comité Ejecutivo de la FUL, resultado que fue transmitido por nota de 11 de diciembre pasado al Rector de esa Universidad, adjuntando antecedentes.

Agrega  que  esa máxima autoridad  de la UTB ha obstaculizado su labor y la de los demás miembros del directorio de la FUL en las actividades que deben realizar ante el Consejo Universitario, conforme a los arts. 26 y 28 del Estatuto Orgánico, por lo que se le enviaron varias notas de reclamo, y en la última solicitaron que convoque a un Congreso extraordinario, pero el Rector recurrido no se dignó a atender su pedido, desconociendo los principios del co-gobierno y lo estipulado por el art. 185 de la CPE, pues hace más de cuatro meses que no convoca a Consejo Universitario.