SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0864/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0864/2003- R

Fecha: 25-Jun-2003

II.2

II.2    Que, ante la supuesta negativa de la recurrida a pagar el saldo restante por concepto de pago del trabajo contratado, el recurrente la denunció ante la Dirección Departamental dependiente del Ministerio del Trabajo a fin de que sea citada y responda por la denuncia, empero pese a haberse librado tres memorandos de citación, la recurrida no se presentó ya que no consta ningún documento que así lo acredite (fs. 7, 8, 9), lo que motivó al recurrente, a acudir a la Fiscalía, a cuyas dependencias se presentó el 3 de diciembre de 2002, luego de ser conminada y en presencia de la Fiscal de Materia, Abigail Saba Salas “manifestó la negativa de devolver las herramientas de trabajo pertenecientes al Sr. Víctor Hugo Llave Q., en mérito a no haber concluido con los trabajos del contrato.” (fs. 5 y vta., 6).