Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0884/2003-R
Fecha: 30-Jun-2003
III.4.
III.4. Resulta imprescindible dejar sentado que los elementos fácticos presentados en el amparo del que emergió la SC 1628/2002-R, son diferentes al presente, por cuanto en aquel, el recurrente agotó los medios legales para reclamar la actuación irregular que se produjo en el proceso ejecutivo que se le siguió pues planteó incidente de nulidad de citación con la demanda, lo que no aconteció en la especie, lo que motiva la improcedencia de este recurso.