SENTENCIA CONSTITUCIONAL 847/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 847/2003-R

Fecha: 24-Jun-2003

III.3.

III.3.  El actor acusa en su demanda, la restricción y desconocimiento de su derecho a la libertad de locomoción por el arraigo que le ha sido impuesto en mérito de  lo que no puede desplazarse hacia otros países, requiriendo su inmediata tutela. Al respecto, la uniforme jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional, declara que, a fin de precautelar el ámbito claro de aplicación de los recursos constitucionales consagrados por los artículos 18 y 19 CPE, no corresponde el análisis de fondo de la problemática planteada a través de un amparo, cuando a través de él se busca la protección de la libertad, al encontrarse este derecho fundamental tutelado por el hábeas corpus, que no tiene naturaleza subsidiaria como el amparo. En consecuencia, se establece la improcedencia de este recurso por existir otro medio constitucional sumarísimo y expeditivo para la reparación de los actos ilegales acusados en la demanda, pues el actor no utilizó el medio que la Ley Fundamental le franquea para plantear su pretensión.