AUTO CONSTITUCIONAL 020/2003-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 020/2003-CDP

Fecha: 29-Jul-2003

siendo evidente la pérdida o disminución patrimonial sufrida por los representados del recurrente como resultado del acto ilegal objeto del recurso de amparo

Como consecuencia de esa orden ilegal, se establece claramente de las pruebas aportadas dentro del presente trámite, que el inmueble existente en el predio intervenido, fue desocupado y totalmente demolido el 15 de diciembre de 2002, día de la intervención policial, siendo evidente la pérdida o disminución patrimonial sufrida por los representados del recurrente como resultado del acto ilegal objeto del recurso de amparo, motivo por el cual, a efecto de calificarse el daño sufrido, debe tomarse en cuenta el peritaje realizado y ratificado dentro del plazo probatorio, sin que hubiera observación alguna de la parte recurrida.