AUTO CONSTITUCIONAL 317/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 317/2003-CA

Fecha: 07-Jul-2003

rechaza el incidente

Fernando Calvo Unzueta, Superintendente de Bancos y Entidades Financieras en suplencia del Superintendente General del SIREFI, por Resolución Jerárquica SG SIREFI RJ 009/2003 de 13 de junio de 2003, rechaza el incidente  por carecer de la oportunidad debida al ser interpuesto cuando el procedimiento administrativo  ante la SPVS había concluido y que por otra parte, el incidente se interpuso de manera accesoria, sin respetar el principio de autonomía que tienen los recursos constitucionales, además de no haber acompañado los documentos que acrediten su personería y tampoco haberse  dado cumplimiento a los incs. 2 y 3 el art. 60 de la Ley 1836. Resolución que en cumplimiento del art. 62.1) LTC es elevada en consulta a este Tribunal.