Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0888/2003- R
Fecha: 01-Jul-2003
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de acuerdo con el dictamen Fiscal declaró procedente el recurso con el fundamento de que el recurrido lesionó el derecho a la petición, dado que la recurrente cumplió con todos los requisitos exigidos por el Sindicato, pero no se le dio respuesta transgrediéndose el derecho de petición.