SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0906/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0906/2003-R

Fecha: 01-Jul-2003

a)

El abogado de los recurrentes ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a) en el expediente de dos cuerpos constan gravísimas fallas procedimentales, por las que los recurrentes podrían ser encarceladas sin haber sido escuchados, ni ser defendidos por ningún abogado, además extraña el hecho de que no estén presentes el detenido y el juez recurrido quien no presentó el expediente original del proceso penal,  para que el tribunal de hábeas corpus verifique las fallas procedimentales; b) las irregularidades señaladas son:1) los que enjuician a sus clientes no tienen personería, ya que los propietarios de los fundos rústicos apellidan Aucalle y los “procesantes” Rodríguez (sic), que nunca se presentaron al proceso y que no cuentan con declaratoria de herederos ni pago de impuestos;  2) en el proceso cursan notificaciones hechas por un señor de apellido Navajas, como Juez de Mínima Cuantía, cuando éstos dejaron de ejercer desde 1993, además de que éste tiene 90 años, anda con muletas y  nunca se constituyó a notificarlos en forma personal a cada uno de ellos, teniendo presente que la Ley de Organización Judicial mantiene a los Jueces de Mínima Cuantía sólo para lugares alejados, y Tiquina está muy próxima a la localidad de Copacabana donde existen notarios,  policías, juzgados de partido y de instrucción; 3)  el primer cuerpo se perdió y en el segundo aparece una publicación efectuada en La Paz, constando que con la reposición ordenada no se notificó a todas las partes, por lo que dentro del expediente existen fotocopias sin legalizar; c) no estando presente el recurrido para responder al recurso de conformidad con el  art. 18 CPE en su rebeldía, solicita se expida el correspondiente mandamiento de libertad para Francisco Tito Argani y se anulen obrados hasta fs. 1, por no existir  personería.