SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2003-R
Fecha: 02-Jul-2003
III.1
III.1 El Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal de la Escuela Técnica de Salud (fs. 47 -107), en su Cap. VI, se refiere al Proceso Interno; el art. 24, respecto a la conformación del Tribunal sumariante, señala que para cada caso la Dirección de la Escuela Técnica de Salud instruirá a Asesoría Legal, la realización del sorteo entre los Jefes de Departamento, para que, en su representación, el elegido actúe en calidad de presidente del Tribunal sumariante; señala además que ese tribunal estará conformado por el asesor legal de la institución que actuará como secretario, como vocal la jefatura de personal y como veedor un representante sindical o gremial según el caso. El art. 12 del D.S. 23318-A modificado por el art. 1.a) del D.S. 26237, señala que la autoridad legal competente es la prevista en las normas específicas de la entidad o en su defecto, el servidor público designado por el máximo ejecutivo en la primera semana hábil del año.