SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0929/2003-R
Fecha: 03-Jul-2003
II.2.
II.2. En 7 de abril de 2003, el recurrente interpuso un recurso de hábeas corpus contra la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal Liquidadora (co-recurrida) y José Ayaviri Siles, Juez Tercero de Ejecución Penal, aduciendo que no obstante estar tramitando la suspensión condicional de la pena se remitió la sentencia al Juez de Ejecución Penal, quien instruyó su detención por la que fue privado de libertad. Dicho recurso fue declarado improcedente por el Juez Tercero de Sentencia y en revisión este Tribunal mediante SC 674/2003 de 20 de mayo, revocó la improcedencia y declaró procedente el recurso planteado por el hoy también recurrente disponiendo su inmediata libertad hasta que la jueza de la causa (co recurrida) resuelva lo que corresponda sobre su pedido de suspensión condicional de la pena. La misma sentencia aclaró que conforme lo determinan los arts. 91.5 y 317 del Código de Procedimiento Penal (CPP.1972), aplicables al caso, la ejecución de penas y medidas de seguridad correspondía al juez que pronunció la sentencia.