SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0936/2003-R
Fecha: 07-Jul-2003
III.3
III.3 Por lo relacionado, se constata que las autoridades demandadas realizaron una correcta valoración de los antecedentes procesales y de los documentos presentados por el recurrente que -como se dijo- no desvirtúan los fundamentos que motivaron su detención preventiva ni hacen desaparecer los elementos de convicción suficientes como para modificar su situación jurídica y disponer la aplicación de medidas sustitutivas a su detención preventiva, determinando ello la improcedencia del recurso por cuanto se evidencia que las autoridades recurridas enmarcaron sus actos a ley, al rechazar la cesación de la detención preventiva del recurrente quien no demostró conforme a derecho haberse modificado su situación jurídica que le permita obtener su libertad.