Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0957/2003-R
Fecha: 08-Jul-2003
III.4
Sin embargo, resulta inadmisible que en un Municipio existan dos Alcaldes y dos Directivas de Concejo paralelos, lo que contraviene flagrantemente el orden jurídico establecido sobre la materia, situación que debe ser reconducida dentro del marco legal, única forma en que las decisiones del Concejo puedan tener validez jurídica, para lo cual se deben adoptar las medidas legales más convenientes. Así se dispuso en un caso similar por SC 0059/2003-R, de 16 de enero del presente año.