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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1005/2003- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1005/2003- R

    Fecha: 18-Jul-2003

    I.2.1

    El abogado del recurrente ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando que se ha mellado su dignidad puesto que se ha publicado en un diario que su persona cometió irregularidades. Que no tenía conocimiento de las excusas y recusaciones que se suscitaron en el proceso, y si así hubiese sido, debió designarse a otros sumariantes de la misma jerarquía, pero no traer una comisión directamente desde La Paz, a la que nunca se ha sometido como se pretende hacer creer. 

    • recurso
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • Juan Peñalosa Vargas, Mariana Arias Sánchez y Clotilde Bohórques Flores, miembros de los Tribunales Sumariantes de la Caja Nacional de Salud y Gabriel Arteaga Cabrera, Gerente General de la Caja Nacional de Salud,
    • I.2.1
    • a)
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • (fs. 162)
    • II.3
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • REVOCA

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