Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2003-R
Fecha: 21-Jul-2003
III.3
III.3 En este sentido la SC 31/2003-R, entre otras establece: “En consecuencia, la actuación de la Fiscal recurrida no se ha adecuado al ordenamiento jurídico de la materia, puesto que como se ha señalado, dentro del alcance del art. 224 tantas veces referido, el mandamiento de aprehensión sólo puede emitirse contra el imputado desobediente que no justificó su inasistencia, calidad que no ostenta la recurrente, pues en su contra no pesa ninguna sindicación de la supuesta comisión del delito de favorecimiento a la evasión; en consecuencia, la autoridad recurrida ha incurrido en persecución indebida”. Línea jurisprudencial aplicable al caso.