SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1037/2003-R
Fecha: 22-Jul-2003
improcedente
Por Resolución cursante de fs. 58 a 59, se declaró improcedente el recurso con el siguiente fundamento: a) a denuncia de William Pérez Jiménez se tramita el caso 976/2002, dentro del cual se verificó audiencia cautelar, disponiéndose la detención preventiva del recurrente el 21 de agosto de 2002; b) se remitió el expediente con el respectivo requerimiento conclusivo al Tribunal Primero de Sentencia mediante sorteo de 20 de noviembre de 2002, devolviendo la causa al Juez Cautelar anulando la acusación; c) se conminó al representante del Ministerio Público para la presentación de nueva acusación, la que una vez efectuada, se procedió al sorteo siendo nuevamente remitida al mismo Tribunal de Sentencia; d) todas las actuaciones se refieren a la causa 976/2002, desconociendo la causa 808/2002 a denuncia de Jorge Cueto Encinas; e) la detención preventiva del recurrente fue dispuesta por el Juez Cautelar, conforme las disposiciones legales que la regulan.