Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2003-R
Fecha: 23-Jul-2003
REVOCAR EN PARTE
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) CPE, 7.8ª y 102-V LTC, resuelve REVOCAR EN PARTE la Sentencia revisada, declarando PROCEDENTE el recurso en lo que concierne al debido proceso, disponiendo nulidad de obrados hasta la citación con la demanda en domicilio correcto; e IMPROCEDENTE respecto a la solicitud del actor de disponer su libertad.