Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1051/2003-R
Fecha: 23-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que los Vocales recurridos concedieron un recurso de casación interpuesto por COTAS Ltda., pese a que el art. 70.III de la Ley 1770 dispone que se deberá desestimar cualquier oposición o incidente que pretenda entorpecer la ejecución de una sentencia, prohibiendo a los jueces que admitan recursos con esa intención. Corresponde, entonces, analizar si en este caso se presentan los presupuestos que hacen viable la otorgación de la tutela que brinda el art. 19 CPE.