Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1060/2003 - R
Fecha: 29-Jul-2003
III.1
III.1 Que, el recurso de amparo, ha sido instituido únicamente contra actos ilegales u omisiones indebidas que amenacen, restrinjan o supriman derechos y garantías fundamentales consagradas en la Constitución, a fin de que los mismos, sean restituidos a su titular, de modo que cualquier otra actuación que no implique lesión a dichos derechos y garantías deberá ser denunciada ante otra autoridad por medio de los mecanismos legales.