Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1064/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
representante del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare improcedente el recurso, con el argumento de que hay controversia en cuanto al derecho propietario además de la existencia de la presunta comisión de delitos, se debe ocurrir con carácter previo a dirimirlo en la vía ordinaria.