Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1089/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
a)
El recurrido informó lo siguiente: a) no vulneró ningún derecho del recurrente ni de su representado, pues al admitir el poder amplio del poderconferente, dio lugar a una amplia defensa; b) la excepción de incompetencia fue planteada en forma errada, ya que al apersonarse y contestar, tenía conocimiento que la causa estaba siendo tramitada ante el Juez titular y no ante el suplente, además que tal excepción no fue debidamente fundamentada; c) el recurrente formuló, equivocadamente, recurso de reposición, cuando lo que correspondía era la apelación incidental, o sea que no agotó los recursos legales. solicitó se declare improcedente el amparo constitucional.