Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1089/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
improcedente
La Sentencia cursante de fs. 38 a 41, pronunciada el 28 de mayo de 2003 por la Sala la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, declara improcedente el recurso, bajo estos fundamentos: 1) contra las resoluciones que resuelvan una excepción procede la apelación incidental y no así el recurso de reposición planteado por el recurrente; 2) el amparo constitucional no es un medio sustitutivo de los recursos ordinarios, y el recurrente no utilizó el medio que la ley le franquea para efectuar su reclamo.