SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1143/2003- R
Fecha: 13-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita tutela al derecho a la defensa de la empresa que representa, consagrado en el art. 16-II CPE, denunciando que ha sido vulnerado por el recurrido, dado que sin tener competencia ha resuelto el recurso de revocatoria que presentó contra la Resolución de adjudicación dentro del proceso de contratación emergente de la Licitación Pública 05/2003 “Construcción Camino Ibibobo-Esmeralda Segundo Tramo”, cuando quien debió resolverlo era la autoridad responsable del proceso de contratación, por lo que al haber decidido de tal forma, le ha impedido a su representada a impugnar mediante el recurso jerárquico dejándola en indefensión para hacer valer sus derechos como proponente con precio menor. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de Amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso
- se interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución administrativa 9/2003 de 23 de abril -que adjudicó la obra en favor de ECOTAR S.R.L. ante el Corregidor Mayor de Villamontes, por ser ésta la autoridad responsable de la contratación
- Paúl Castellanos Mealla, Prefecto del Departamento de Tarija
- a)
- improcedente
- (fs. 37)
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- de oposición
- III.2
- III.3
- III.4
- APRUEBA