SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2003- R
Fecha: 15-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita tutela a su derecho al trabajo, consagrado en el art. 7-d) CPE, denunciando que ha sido vulnerado por el recurrido, puesto que en franca extorsión y porque le ha sido imposible pagar dos meses de alquiler por la oficina que se le cedió en arrendamiento, primero le ha cortado los servicios de agua potable y luz eléctrica y, luego ha procedido a cambiar de chapa a la oficina con lo que le ha impedido el ingreso a la misma a realizar su ejercicio profesional de abogado, estando sometido hasta la fecha a un embargo de hecho, pues no puede sacar sus libros ni instrumentos de trabajo y peor aún los documentos de sus clientes, a quienes no puede defender como es su deber porque no tiene los expedientes correspondientes a los procesos. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.