SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1162/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1162/2003-R

Fecha: 19-Ago-2003

III.2.

III.2.  En el  caso sometido a examen, se tiene evidenciado que, mediante concurso de méritos y examen de competencia la recurrente optó el cargo de Bioquímica Farmacéutica M/T del Instituto Gastroenterológico, debiendo cancelarse sus haberes con el ítem 7704, dentro del proceso de institucionalización llevado adelante en el país. Sin  embargo, por memorando URRHH 49202.1 de 9 de octubre de 2002 el Director del SEDES-Chuquisaca, le comunicó que se prescindían de sus servicios, sin seguirle previamente proceso alguno, aspecto que ciertamente  encierra un acto ilegal que conculcó sus derechos al trabajo, a la seguridad jurídica, a la inamovilidad funcionaria y la garantía del debido proceso, ya que el demandado debió observar que por su condición de funcionaria pública se encuentra sometida a las normas de la Ley  1178, Decreto Supremo 23318-A, según las cuales debió instaurarle un proceso administrativo interno si consideraba que existían causales para ello, caso contrario, debió permitir que continúe prestando sus funciones cotidianas. Así lo ha declarado este Tribunal en numerosas Sentencias, citando a tal fin las identificadas con los números 989/2001-R, 750/2002-R, 928/2002-R, 1401/2002-R, 198/2003-R,  277/2003-R.