SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1178/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1178/2003-R

Fecha: 19-Ago-2003

I.         ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

En la demanda presentada el 28 de mayo de 2003, (fs. 25 a 29), el recurrente manifiesta que desde hace más de dos años trabaja en sección de Vigilancia de la empresa minera Huanuni S.A., pero que el 3 de febrero de 2003, se suscitó un hecho delictivo (tentativa de hurto), habiéndose detenido a los autores, quienes fueron remitidos a la Policía Técnica Judicial (PTJ), y que posteriormente él se presentó en dichas dependencias de la PTJ para prestar su declaración informativa  aclarando algunos extremos,  aunque sin que exista el menor indicio en su contra fue detenido, siendo beneficiado en audiencia de medidas cautelares con una garantía sustitutiva a la detención preventiva.

Agrega que se  expidió en su contra un memorando de suspensión de su fuente de trabajo mientras durara la investigación, que suponía iba a durar dos días,  pero debido al transcurso de diez días en esta etapa, el recurrente y otros trabajadores solicitaron  su reincorporación al interventor de dicha empresa; sin embargo, como respuesta  se dispuso su retiro, y pese a haber acudido a la Dirección Departamental del Trabajo pidiendo audiencia conciliatoria, oportunidad en la que el asesor legal, en representación del Interventor, manifestó que dicha decisión era definitiva, determinación que estima ilegal por cuanto no existe indicio alguno de que su persona fuera autor del hecho denunciado.