Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1198/2003-R
Fecha: 20-Ago-2003
II.5
II.5 Mediante providencia de 10 de julio de 2003, el Comandante Departamental de Policía, Rolando Fernández Medina, en cumplimiento al decreto emitido por el Jefe de la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Prefectura del Departamento y el mandato del art. 215 CPE, instruyó que por la Jefatura Policial de Warnes se conserve el orden público de esa ciudad en caso de ser alterado, precautelando la seguridad física de las personas, la propiedad privada y pública (fs. 28).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Mario Diego Justiniano Aponte y Rubén Suárez, Prefecto del departamento de Santa Cruz y Comandante Provincial de Warnes respectivamente
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.3
- II.4 Por memorial de 9 de julio de 2003
- II.5
- II.7 Por memoriales presentados el 10, 12 y 14 de julio de 2003
- II.8
- Fragmento 11
- III.1
- III.2
- REVOCAR