SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2003-R

Fecha: 20-Ago-2003

II.1

II.1 Por Carta Notariada Dir.As.Jur. H.G.M 94/2003 de 25 de abril, el recurrido conmina al actor a dejar expedita la superficie que corresponde a la calle “Siete Vueltas” donde tiene construido su local comercial y vivienda, ordenándole retirar y demoler su actual construcción en el plazo de 30 días, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal 31787 de 3 de septiembre de 1987 que dispuso la habilitación de dicha calle dentro de la preservación y rehabilitación de áreas históricas de la ciudad de Potosí, afirmando que el origen de su título propietario es ilegítimo e ilegal, perteneciendo ese espacio a una calle que es un bien de uso público, siendo por consiguiente su restitución obligatoria (fs. 2 a 3).